martes, 27 de julio de 2010

Constitución Nacional de 1991

TITULO IX - DE LAS ELECCIONES Y DE LA ORGANIZACION ELECTORAL

capitulo i - del sufragio y de las elecciones

ARTICULO 258. El voto es un derecho y un deber ciudadano. El Estado velará porque se ejerza sin ningún tipo de coacción y en forma secreta por los ciudadanos en cubículos individuales instalados en cada mesa de votación sin perjuicio del uso de medios electrónicos o informáticos. En las elecciones de candidatos podrán emplearse tarjetas electorales numeradas e impresas en papel que ofrezca seguridad, las cuales serán distribuidas oficialmente. La Organización Electoral suministrará igualitariamente a los votantes instrumentos en los cuales deben aparecer identificados con claridad y en iguales condiciones los movimientos y partidos políticos con personería jurídica y los candidatos. La ley podrá implantar mecanismos de votación que otorguen más y mejores garantías para el libre ejercicio de este derecho d e los ciudadanos.

PARÁGRAFO 1o. Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando los votos en blanco constituyan mayoría absoluta en relación con los votos válidos. Tratándose de elecciones unipersonales no podrán presentarse los mismos candidatos, mientras que en las de corporaciones públicas no se podrán presentar a las nuevas elecciones las listas que no hayan alcanzado el umbral.

PARÁGRAFO 2o. Se podrá implementar el voto electrónico para lograr agilidad y transparencia en todas las votaciones.

capitulo ii - de las autoridades electorales

ARTICULO 264. El Consejo Nacional Electoral se compondrá de nueve (9) miembros elegidos por el Congreso de la República en pleno, para un período institucional de cuatro (4) años, mediante el Sistema de Cifra Repartidora, previa postulación de los partidos o movimientos políticos con personería jurídica o por coaliciones entre ellos. Sus miembros serán servidores públicos de dedicación exclusiva, tendrán las mismas calidades, inhabilidades, incompatibilidades y derechos de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y podrán ser reelegidos por una sola vez.

lunes, 7 de junio de 2010

Constitución Nacional de 1991

  • Título n.8 de la Constitución Nacional
  • De la Rama Judicial

Este título n.8 se encuentra conformado de la siguiente manera:

  • Capítulo n.1
  • De las Disposiciones Generales
  • Artículos 228-233

La Constitución mediante este capítulo nos afirma e impone las leyes del ciudadano donde la Administración de la Justicia es una función pública, donde toman decisiones permanentes y en ellos prevalecerá el derecho sustancial y su funcionamiento será desconcentrado y autónomo. Toda persona tiene el derecho para acceder a la administración de la justicia. Además la Constitución exige para los administradores públicos de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado en estos casos a los magistrados se les requiere que:

  • Sean colombianos de nacimiento y ciudadano en ejercicio.
  • Ser abogado.
  • No haber sido condenado por sentencia judicial.
  • Desempeñar durante 10 o más de 10 años cargos en la Rama Judicial o en el Ministerio Público.

Estos magistrados serán elegidos para un periodo de 8 años y no podrán ser reelegidos y permanecerán en el ejercicio de sus cargos mientras observen buena conducta y tengan buen rendimiento y no hallan llegado a la edad de retiro forzoso.

  • Capítulo n.2
  • De la Jurisdicción Ordinaria
  • Artículos 234-235

La Corte Suprema de Justicia es el máximo tribunal de la jurisdicción ordinaria y se compondrá del numero impar de magistrados que determine la ley, donde las atribuciones de la Corte Suprema de Justicia son:

  • Actuar como tribunal de casación.
  • Juzgar al Presidente de la República o cualquier funcionario por cualquier hecho punible que se les impute.
  • Juzgar e investigar a los miembros del Congreso.
  • Juzgar previa acusación del Fiscal General de la Nación a los ministros de Despacho al Procurador General de la Nación , al Defensor del Pueblo , a los Agentes del Ministerio Público ante la Corte , ante el Consejo de Estado y ante los Tribunales , a los Directores de los Departamentos Administrativos , al Contralor General de la República , a los Embajadores y jefes de misión diplomática o consular , a los Gobernadores , a Magistrados de Tribunales y a los Generales y Almirantes de la Fuerza Pública , por los hechos punibles que se les imputen.
  • Darse su propio reglamento
  • Conocer de todos los negocios contenciosos de los agentes diplomáticos acreditados ante el Gobierno de la Nación , en casos previstos por el Derecho Internacional.

  • Capítulo n.3
  • De la Jurisdicción Contenciosa Administrativa
  • Artículos 236-238

El Consejo de Estado tendrá el número impar de Magistrados que determine la ley. El Consejo se divide en salas y secciones para separar las funciones jurisdiccionales de las demás que le asignen en la Constitución y la ley. Son atribuciones del Consejo de Estado:

  • Desempeñar las funciones del Tribunal Supremo de lo contencioso administrativo.
  • Conocer las acciones de nulidad por inconstitucionalidad de los derechos dictados por el Gobierno Nacional cuya competencia no corresponda a la Corte Constitucional.
  • Actuar como cuerpo supremo consultivo del Gobierno en asuntos de administración.
  • Preparar y presentar proyectos de actos reformatorios de la Constitución y proyectos de ley.
  • Conocer de los casos sobre pérdida de la investidura de los congresistas, de conformidad con la Constitución y la ley.
  • Darse su propio reglamento y ejercer las demás funciones que determine la ley.

  • Capítulo n.4
  • De la Jurisdicción Constitucional
  • Artículos 239-245

La Corte Constitucional tendrá el numero impar de miembros y serán elegidos por el Senado de la República para períodos individuales de 8 años y los magistrados no podrán ser reelegidos y además no podrán ser elegidos Magistrados de la Corete Constitucional quienes durante el año anterior hubieran desempeñado como Ministros de Despacho o Magistrados de la Corte Suprema de Justicia o del Consejo de Estado.

A la Corte Constitucional se le confía la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución en los estrictos y precisos términos y con tal fin cumplirá las siguientes funciones:

  • Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que promuevan los ciudadanos contra los ciclos reformatorios de la Constitución.
  • Decidir con anterioridad al pronunciamiento popular sobre la constitucionalidad de la convocatoria a un referendo o a una Asamblea Constituyente para reformar la Constitución, sólo por los vicios de procedimiento en su formación.
  • Decidir sobre la constitucionalidad de los referendos sobre leyes y de las consultas populares y plebiscitos de orden nacional.
  • Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos contra las leyes tanto por su contenido material como por vicios de procedimiento en su formación.
  • Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos contra los ciudadanos con fuerza de ley dictados por el Gobierno.
  • Decidir sobre las excusas de que trata el artículo 137 de la Constitución.
  • Decidir definitivamente sobre la constitucionalidad de los decretos legislativos que dicte el Gobierno con fundamento en los artículos 212,21 y 215 de la Constitución.
  • Decidir definitivamente sobre la constitucionalidad sobre los proyectos de ley que hagan sido objetados por el Gobierno como inconstitucionalidad y de los proyectos de leyes estatuarias.
  • Revisar en la forma que determine la ley las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela de los derechos constitucionales.
  • Decidir definitivamente sobre la exequibilidad de los tratados internacionales y e las leyes que las aprueben.
  • Darse su propio reglamento.

Además, los procesos que se adelanten ante la Corte Constitucional serán regulados por la ley conforme a las siguientes disposiciones:

  • Cualquier ciudadano podrá ejercer las acciones públicas previstas e intervenir como impugnador o defensor de las normas sometidas a control en los procesos promovidos por otros, así como aquellos para los cuales no existe acción pública.
  • El Procurador General de la Nación deberá intervenir en todos los procesos.
  • Las acciones por vicios de forma caducan en el término de un año, contado desde la publicación del respectivo acto.
  • De ordinario, la Corte dispondrá del término de 60 días para decidir y el Procurador General de la Nación, de 30 para rendir concepto.
  • En los procesos a que se refiera el numeral 7 del artículo anterior, los términos ordinarios se redujeron a una tercera parte y su incumplimiento es causa de mala conducta, que será sancionada conforme a la ley.

La Corte Constitucional comunicará al Presidente de la República o al Presidente del Congreso, la iniciación de cualquier proceso que tenga por objeto el examen de constitucionalidad de normas dictadas por ellos.

  • Capítulo n.5
  • De las Jurisdicciones Especiales
  • Artículos 246-248

Las autoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de conformidad con sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a la Constitución y leyes de la República.

La ley podrá crear jueces de paz encargadas de resolver en equidad conflictos individuales y comunitarios. También podrá ordenar que se elijan por votación popular.

Únicamente las condenas proferidas en retención judiciales en forma definitiva tienen la calidad de antecedentes penales y contravencionales en todas las órdenes legales.

  • Capítulo n.6
  • De la Fiscalía General de la Nación
  • Artículos 249-253

La Fiscalía General de la Nación estará integrada por el Fiscal General, los fiscales delegados y los demás funcionarios que determine la ley.

El Fiscal General de la Nación será elegido para un período de 4 años por la Corte Suprema de Justicia, de terna enviada por el Presidente de la República y no podrá ser reelegido. Las funciones especiales del Fiscal General de la Nación son:

  • Investigar y acusar a los altos servidores que gocen de fuero constitucional, con las excepciones previstas en las Constitución.
  • Nombrar y remover, de conformidad con la ley, a los servidores bajo su dependencia.
  • Asumir directamente las investigaciones y procesos, cualquiera que sea el estado en que encuentren lo mismo que asignar y desplazar libremente a sus servidores en las investigaciones y procesos.
  • Participar en el diseño de la política del estado en materia criminal y presentar proyectos de ley al respecto.
  • Otorgar atribuciones transitorias a entes públicos que puedan cumplir funciones de Policía Judicial, bajo la responsabilidad y dependencia funcional de la Fiscalía General de la Nación.
  • Suministrar al Gobierno Información sobre las investigaciones que se estén adelantando, cuando sea necesario para la preservación del orden público.
  • Para combatir el terrorismo y los delitos contra la seguridad pública de la Fiscalía General de la Nación conformará unidades especiales de Policía Judicial con miembros de las Fuerzas Militares, las cuales están bajo su dirección y coordinación.

  • Capítulo n.7
  • Del Consejo Superior de la Judicatura
  • Artículos 254-257

El Consejo Superior de la Judicatura se dividirá en 2 salas:

  • La sala administrativa integrada por 6 magistrados elegidos para un período de 8 años, así: 2 por la Corte Suprema de Justicia, 1 por la Corte Constitucional y 3 por el Consejo de Estado.
  • La sala Jurisdiccional Disciplinaria integrada por 7 magistrados elegidos para un período de 8 años.

Según el caso, y de acuerdo a la ley, el Consejo Superior de la Judicatura tendrán las siguientes atribuciones:

  • Administrar la carrera judicial.
  • Elaborar las listas candidatos para la designación de funcionarios judiciales y enviarlos a la entidad que debe hacerla.
  • Examinar la conducta y sancionar las faltas de los funcionarios de la rama judicial.
  • Llevar el control de rendimiento de las corporaciones y despachos judiciales.
  • Elaborar el proyecto de presupuesto de la rama judicial que deberá ser remitida al Gobierno y ejercitarlo de conformidad con la aprobación que haga el Congreso.
  • Diprimir los conflictos de competencia que ocurran entre las distintas jurisdicciones.
  • Las demás que señale la ley.

Además el Consejo Superior de la Judicatura cumplía las siguientes funciones:

  • Fijar la división del territorio para efectos judiciales y ubicar y redistribuir los despachos judiciales.
  • Crear, suprimir, fusionar y trasladar cargos en la administración de justicia.
  • Dictar reglamentos necesarios para el eficaz funcionamiento de la administración de justicia, lo relacionado con la organización y funcionamiento de la administración de justicia.
  • Proponer proyectos de ley relativos a la administración de justicia y a los códigos sustantivos y procedimentales.
  • Las demás que señale la ley.

martes, 4 de mayo de 2010

Constitución Nacional de 1991

  • Título n.6 de la Constitución Nacional
  • De la Rama Legislativa
Este título está compuesto de la siguiente manera:
  • Capítulo n.1
  • De la Composición y las funciones
  • Artículos 132-137
La Constitución Nacional nos menciona que el tiempo límite para el gobierno de los representantes y senadores de Colombia es de 4 años donde durante ese tendrán que cumplir su deber político consultando a la justicia y realizando el bien común, cumplirán sus obligaciones tanto al gobierno como al estado. A continuación vendré a hablarles acerca de las facultades y prohibiciones que tiene cada una de las cámaras del territorio nacional.
  • Facultades de las Cámaras
  • Elegir sus mesas directivas.
  • Elegir al Secretario General.
  • Solicitar al gobierno los informes que necesite.
  • Determinar la celebración de sesiones reservadas en forma prioritaria a las preguntas viales que formulen los congresistas a los ministros y a las respuestas de estos. El reglamento regulará la materia.
  • Proveer los empleos creados por la ley para el cumplimiento de sus funciones .
  • Recabar el gobierno la cooperación de los organismos de la administración pública para el mejor desempeño de sus atribuciones.
  • Organizar su policia interior
  • Citar y requerir a los ministros para que concurran a las sesiones
  • Proponer moción de censura respecto de los ministros por asuntos relacionados con funciones propias del cargo . La moción de censura si hubiere lugar a ella deberá proponerla por lo menos la décima parte de los miembros que componen la respectiva cámara.

  • Prohibiciones de las Cámaras

  • Insmicuirse por medio de resoluciones o de leyes en asuntos de competencia privativa de otras autoridades.
  • Exigir al gobierno información sobre instituciones en materia diplomática o sobre negociaciones de carácter reservado.
  • Dar votos de aplauso a los actos oficiales.
  • Decretar a favor de personas o entidades donaciones , gratificaciones , auxilios, indemnizaciones , pensiones u otras errogaciones que no estén destinadas a satisfacer créditos o derechos reconocidos con arreglo a la ley preexistente.
  • Decretar actos de poscripción y persecución contra personas naturales o jurídicas.
  • Autorizar viajes al exterior con dineros del erario salvo en cumplimiento de misiones específicas aprobados al menos por las tres cuartas partes de los miembros de la respectiva Cámara.

  • Capítulo n.2
  • De la Reunión y el Funcionamiento
  • Artículos 138-149

El Congreso durante el año tendrá 2 períodos para la realización de sus sesiones ordinarias . El primer período comenzará el 20 de Julio y terminará el 16 de Diciembre , el segundo el 16 de Marzo y terminará el 20 de Junio , donde se reunirán en un solo cuerpo únicamente para la instalación y clausura de sus sesiones para dar posesión al Presidente de la República , para recibir los Jefes de Estado o de gobierno de otros países , para elegir el Contralor General de la República y Vicepresidente cuando sea menester reemplazar los electos populares por el pueblo , asi como decidir la moción de censura.

En el Congreso los presidentes del Senado y de la Cámara serán respectivamente presidente y vicepresidente del Congreso, donde su sede estará en la capital de la República , donde las 2 Cámaras se pondrán de acuerdo para el traslado de su sede a otro lugar en caso de perturbación pública donde el presidente del Senado indique lo mas conveniente.

Cada Cámara podrá elegir para sus respectivos periodos constitucionales sus comisiones pemanentes que tramitarán en primer debate los proyectos de acto legislativo o de ley, donde la ley determinará el número de comisiones permanentes y el de sus miembros , que cada uno deberá ocupar ; y las Cámaras podran disponer de cualquiera de las comisiones permanentes , con el fin de debatir los asuntos que hubieren quedado pendietes en el periodo anterior de el realizamiento de los estudios de la corporación y preparar los proyectos que las Cámaras encarguen.

  • Capítulo n.3
  • De las leyes
  • Artículos 150-170

El Congreso mediante la rama legislativa ejercera las siguientes funciones:

  • Interpretar y reformar las leyes.
  • Expedir códigos en todas los ramos de la legislación y reformar sus disposiciones.
  • Aprobar el plan nacional de desarrollo y de inversiones públicas.
  • Definir la división general del territorio.
  • Conferir atribuciones especiales a las asambleas departamentales.
  • Variar en circunstancias extraordinarias y por graves motivos de conveniencia pública la actual residencia de los altos pudores nacionales.
  • Determinar y crear la estructura de la administración nacional.
  • Establecer las rentas nacionales y fijar los gastos de la administración.
  • Determinar la moneda legal , la convertibilidad y el alcance de su poder liberatorio y arreglar el sistema de pesos y medidas.
  • Decretar los honores a los ciudadanos que hayan prestado servicios a la patria.
  • Crear servicios administrativos y técnicas de las Cámaras.
  • Unificar las normas sobre policia de tránsito en todo el territorio.

Mediante estas leyes estatuarias , el Congreso de la República regulará las siguientes materias:

  • Derechos y deberes fundamentales de las personas y los procedimientos y recursos para su protección.
  • Administración de justicia.
  • Organización y régimen de los partidos y movimientos políticos ; estatuto de la oposición y funciones electorales.
  • Instituciones y mecanismos de participación ciudadana.
  • Estados de excepción.

Todas aquellas leyes que decrete el Congreso deberá corresponder precisamente a su contenido y a su texto procederá esta fórmula :

"El Congreso de Colombia , DECRETA".

  • Capítulo n.4
  • Del Senado
  • Artículos 171-175

El Senado de la República estará integrado por los miembros elegidos popularmente en circunscripción nacional, para lo cual cualquier político con aspiraciones al Senado se le requiere ser colombiano de nacimiento , ciudadanos en ejercicio y tener mas de 30 años de edad en la fecha de elección . Al Senado se le atribuyen las siguientes funciones :

  • Admitir o no las renuncias que hagan de sus empleos el Presidente de la República o el Vicepresidente.
  • Aprobar o improbar los ascensos militares que confiera el Gobierno.
  • Conceder licencia al Presidente de la República para separarse temporalmente del cargo por caso de enfermedad y decidir sobre las excusas del Vicepresidente para ejercer la Presidencia de la República.
  • Permitir el tránsito de tropas extranjeras por el territorio de la República.
  • Autorizar al Gobierno para declarar la guerra a otra nación .
  • Elegir a los magistrados de la Corte Constitucional.

  • Capítulo n.5
  • De la Cámara de Representantes
  • Artículos 176-178

La Cámara de Representantes se eligirá a circunscripciones territoriales y circunscripciones especiales . Por cada circunscripción territorial habrá 2 representantes y 1 más por cada 250.000 habitantes o fracción mayor de 125.000 que tengan en exceso sobre los primeros 250.000. Para poder ser elegido representante se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de 25 años de edad en la fecha de la elección.

  • Atribuciones de las Cámaras
  • Elegir al Defensor del Pueblo.
  • Examinar y fenecer la cuenta general del presupuesto y del tesoro que le presente el Contralor Genenral de la República.
  • Acusar ante el Senado , cuando hubiere causas constitucionales, al Presidente de la República o a quien haga sus veces , a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia , a los miembros del Consejo Superior de la Judicatura , a los magistrados del Consejo de Estado y al Fiscal General de la Nación.
  • Conocer de las denuncias y quejas que ante ella se presenten por el Fiscal General de la Nación o por los particulares contra los expresados funcionarios y , si prestan mérito , fundar en ellas acusación ante el Senado.
  • Requerir el auxilio de otras autoridades para el desarrollo de las investigaciones que le competen , y comisionar para la práctica de pruebas cuando lo considere conveniente.
  • Capítulo n.6
  • De los Congresistas
  • Artículos 179-187

No podrán ser congresistas:

  • Quienes hayan sido condendados en cualquier época por sentencia judicial , a pena privativa de la libertad , excepto por delitos políticos o culposos.
  • Quienes hubieren ejercido , como empleados públicos , jurisdicción o autoridad política, civil , administrativa o militar, dentro de los 12 meses anteriores a la fecha de elección.
  • Quienes hayan intervenido en gestión de negocios ante entidades públicas , o en la celebración de contratos con ellas en interés propio , o en el de terceros , o hayan sido representantes legales de entidades que administren tributos o contribuciones parafiscales , dentro de los 6 mese anteriores a la fecha de la elección.
  • Quienes hayan perdido la investidura de congresista.
  • Quienes tengan vínculos por matrimonio , o unión permanente , o de parentesco en tercer grado de consaguinidad , primero de afinidad, o único civil, con funcionarios que ejerzan autoridad civil o política.
  • Quienes estén vinculados entre sí por matrimonio , o unión permanente , o parentesco dentro del tercer grado de consaguinidad , segundo de afinidad , o primero civil, y se inscriban por el mismo partido , movimiento o grupo para elección de cargos , o de miembros de corporaciones públicas que deban realizarse en la misma fecha.
  • Quienes tengan doble nacionalidad , exceptuando los colombianos por nacimiento.
  • Nadie podrá ser elegido para más de una corporación o cargo público , ni para una corporación y un cargo , si los respectivos períodos coinciden en el tiempo, así fuere parcialmente. La renuncia a alguno de ellos no elimina la inhabilidad.

Los congresistas no podrán:

  • Desempeñar cargo o empleo público o privado.
  • Gestionar , en nombre propio o ajeno, asuntos ante las entidades públicas o ante las personas que administren tributos, ser apoderados ante las mismas, celebrar con ellas, por sí o por interpuesta persona , contrato alguno.La ley establecerá las excepciones a esta disposición.
  • Ser miembros de juntas o consejo directivos de entidades descentralizadas de cualquier nivel o de instituciones que administren tributos.
  • Celebrar contratos o realizar gestiones con personas naturales o jurídicas de derecho privado que administren , manejen o inviertan fondos públicos o sean contratistas del Estado o reciban donaciones de éste. Se exceptúa la adquisición de bienes o servicios que se ofrecen a los ciudadanos en igualdad de condiciones.

Los congresistas deberán poner en conocimiento de la respectiva Cámara las situciones de carácter moral o económico que los inhiban para participar en el trámite de los asuntos sometidos a su consideración . La ley determinará lo relacionado con los conflictos de intereses y las recusaciones.

Los congresistas perderán su investidura :

  • Por violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades , o del régimen de conflicto de intereses.
  • Por la inasistencia , en un mismo período de sesiones , a 6 reuniones plenarias en las que se voten proyectos de acto legislativo, de ley o mociones de censura.
  • Por no tomar posesión del cargo dentro de los 8 días siguientes a la fecha de instalación de las Cámaras , o a la fecha en que fueren llamados a posesionarse.
  • Por indebida destinación de dineros públicos.
  • Por tráfico de influencias debidamente comprobado.

La pérdida de la investidura será decretada por el Consejo de Estado de acuerdo con la ley y en un término no mayor de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de la solicitud formulada por la mesa directiva de la cámara correspondiente o por cualquier ciudadano.De los delitos que cometan los congresistas , conocerá en forma privativa la Corte Suprema de Justicia, única autoridad que podrá ordenar su detención. En caso de flagrante delito deberán ser aprehendidos y puestos inmediatemente a disposición de la misma corporación. La asignación de los miembros del Congreso se reajustará cada año en proporción igual al promedio ponderado de los cambios ocurridos en la remuneración de los servidores de la administración central, según certificación que para el efecto expida el Contralor General de la República.

martes, 20 de abril de 2010

Constitución Nacional de 1991

  • Título n.5 de la Constitución Nacional
  • De la Organización del Estado

Este título n.5 se compone de la siguiente manera

  • Capítulo n.1
  • De la Estructura del Estado
  • Artículos 113 -121

La ley colombiana le ha permitido al estado ser protegido y administrado por los diferentes entes de la rama ejecutiva como tal es el caso de el presidente , vicepresidente , alcaldes y gobernadores que hacen parte de la administración pública del país la cual tiene que cumplir deberes tanto institucionales como gubernamentales que beneficien la sociedad donde solo podrán imponer o deponer leyes , nombrar y quitar ministros que le ayuden tanto en sus relaciones nacionales como internacionales , lo cual mediante la rama legislativa irán de la mano estableciendo las leyes con la toma de decisiones del Congreso conformado por la Cámara de Representantes y el Senado donde estos parlamentarios elegidos popularmente por el pueblo al igual que en la rama ejecutiva podrán reformar las leyes de la Constitución y ejercer el control político sobre el gobierno y el estado para llegar a un fin armónico y común. Pero estas leyes sólo se harán cumplir dentro del territorio nacional gracias a la superintendencia y protección social de la rama judicial conformado por la Corte Constitucional , la Corte Suprema de Justicia , el Consejo de Estado , el Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalia General de la Nación , los Tribunales y los Jueces , además de la Fuerza Pública , todos estos entes administran orden y justicia.

Además existirán entes gubernamentales independientes como el Ministerio Público que será ejercido por el Procurador General de la Nación , por el Defensor del Pueblo , por los Procuradores Delegados y Agentes del Ministerio Público , por los Personeros Municipales y demas funcionarios que guardarán y promoverán los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempenan funciones públicas.Además el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional harán ejercer el derecho como ciudadano en el sistema electoral e identidad personal . De esta manera la Constitución atribuye autoridad a estos entes públicos para que administren equitativamente el estado colombiano.

  • Capítulo n.2
  • De la Función Pública
  • Artículos 122- 131
El gobierno que administra el estado solo podrá estar conformado por aquellos seguidores públicos que no hallan tenido algun delito o problema social con el estado , lo cual estará registrado en sus antecendentes , lo cual garantiza al pueblo que sus administraciones estarán limpios de toda culpa social , libre de conciencia y así poder ejercer su trabajo político como servidor. Habrá una Comisión Nacional del Servicio Civil que hará caso omiso de toda administración y control sobre estos servidores de las ramas del poder público los cuales podrán ser retirados o promovidos de acuerdo a su comportamiento y rendimiento dentro de su servicio laboral , donde podrá establecer relaciones internacionales o con otras entidades públicas para fortalecer su popularidad , salvo si se considera legal , como tal es el caso de los partidos políticos o movimientos que se asocian libremente para asi ganar popularidad social y política dentro del estado . Se tomará como mala conducta de los servidores, tambien el nombramiento a cualquier parentesco antes del cuarto grado de consaguinidad , segundo de afinidad y primero civil , además es mala conducta la presión a ciudadanos a respaldar una causa o campaña política.

Gracias a este título impuesto en la ley constitucional al estado , el pueblo y el territorio podrán ser dirigidos para asi poder satisfacer sus necesidades mediante la democracia por los administradores libres de culpa política y social que puedan proteger y puedan beneficiar los derechos del ciudadano como leyes prioritarias y fundamentales.

sábado, 27 de marzo de 2010

Constitución Nacional de 1991

  • Título n.4 de la Constitución Nacional
  • De la Democrática y de los Partidos Políticos

Este título n.4 se compone de las siguiente manera:

  • Capítulo n.1
  • Artículos 103-106
  • De las Formas de Participación Democrática

Ahora la Constitución Nacional mediante este título n.4 nos explica la protección y la garantías democráticas al pueblo mediante el ejercicio del voto popular en cuanto al referendo , consulta popular , cabildo abierto , ya sea en elecciones de la rama ejecutiva o legislativa donde el Estado contribuye a la buena organización de los puestos de elección, donde se represente la participación y vigilancia para brindar protección pública durante las elecciones gubernamentales. Por otra parte los ciudadanos tendrán derecho al voto en entidades públicas que prestan servicios para así poder determinar las respectivas competencias de las corporaciones públicas en el municipio y el departamento .

  • Capítulo n.2
  • Artículos 107-111
  • De los Partidos y de los Movimientos Políticos

Este capítulo consigna que la Constitución da el derecho a participar o a fundar movimientos políticos donde podrán realizar campañas en las calles de la ciudad para apoyar y dar propuestas a la genta acerca de su candidato aspirante al Congreso , Presidencia o Referendo , y así pues que su candidato sea reconocido y ganar un puesto en el gobierno o administración pública donde estos ayudantes externos también podrán inscribirlos pero con el aval del partido político y la ley determinará los requisitos de los candidatos y partidos inscritos para así poder participar por una cargo público el día de elecciones y aquel partido que no cumpla con las condiciones que ejerce la Constitución, su candidato ya sea poder legislativo y ejecutivo perderá el derecho social durante las elecciones, donde habrán también buenos espacios para estas actividades y la transmisión de estas en radio y televisión nacional, además de las urnas y papelería que coste para el voto de los candidatos, donde solo el Estado costará y pagará estos gastos con la condición de que cada partido tenga un número determinado de votos que la ley exige durante las elecciones al gobierno.
  • Capítulo n.3
  • Artículo 112
  • Del Estado y de la oposición

La Constitución garantiza a los patidos políticos y a los movimientos políticos desarrollo de la libre opinión y expresión en contraposición con el gobierno, donde se le garantizan derecho a la información o documentación y al espectro electromagnético de acuerdo con la representación obtenida en la selecciones para el Congreso inmediatamente anteriores la replica en los mismos medios de comunicación .La Constitución garantiza y apoya de defensa y punto de vista de cada partido donde ninguno es preferencia pero todos podrán proponer sin burlas, ni blasfemas para competir con otros partidos políticos de forma igualada ideológicamente.

martes, 23 de marzo de 2010

La Constitución Nacional de 1991

  • Título n.3 de la Constitución Nacional
  • De la participación dmocrática y de los partidos políticos
Este título se compone de la siguiente manera:
  • Capítulo n.1
  • De la nacionalidad
  • Artículos 96-97
La Constitución Nacional de Colombia como ley fundamental del estado nos está brindando una nacionalidad, aquellos padres colombianos que tuviesen hijos en tierras extranjeras los podrán registrar para darles su verdadera nacionalidad y esto nos garantiza que la Constitución nos garantiza un país natal para sentirnos orgullosos de tener una nacionalidad y absolutamente ningún colombiano ya sea dentro del país o en el extranjero lanzará penas ni tomará armas para ir en contra de su país y de su propia nacionalidad.
  • Capítulo n.2
  • De la ciudadanía
  • Artículos 98-99
La Constitución nos garantiza que a partir de los 18 años podremos ejercer el ejercicio en la ciudadanía, por eso nos está dando a partir de dicha edad lo que hoy conocemos como cédula de ciudadanía, lo cual está registrado en la entidad pública de la Registraduría Nacional y nos da el derecho a ser reconcocidos dentro del territorio colombiano.
  • Capítulo n.3
  • De los extranjeros
  • Artículo 100
Todos estos derechos no solo son brindados a los colombianos en el país sino a los extranjeros con nacionalidad colombiana, donde además de tener una cédula que le garantiza la nacionalidad y como un ciudadano mas del país, tendrán derecho al voto popular ya sea en forma legislativa o ejecutiva.
  • Capítulo n.4
  • Del territorio
  • Artículos 101-102
La Constitución defiende muy bien al país colombiano, donde protege los espacios terrestres, aéreos y acuáticos del territorio nacional; las islas mas cercanas al país y todo aquello que esté en el país es del país, lo cual nos garnatiza a los colombianos que cualquier amenaza extranjera por quitar los beneficios y privilegios del territorio, las fuerzas gubernamentales y constitucionales protegerán este tipo de derechos y leyes.

lunes, 8 de marzo de 2010

La Constitución Nacional de 1991

  • Título n.2 de la Constitución Nacional
  • De los Derechos , las Garantías y los Deberes
Este título está compuesto de la siguiente manera:
  • Capitulo n.1 : De los derechos fundamentales
  • Capitulo n.2 : De los derechos sociales , economicos y culturales
  • Capitulo n.3 : De los derechos colectivos y del ambiente
  • Capitulo n.4 : De los deberes y obligaciones

  • Articulos 11 -95 = 85 Artículos

  • Capítulo n.1
  • De los derechos fundamentales
  • Artículos 11-41
El país colombiano nos presenta en este capítulo n. 1 del título n. 2 de la Constitución Nacional que el derecho a la vida es inviolable , es una prioridad para nosotros los colombianos donde nadie será sometido a desaparición forzada , a torturas a penas civiles inhumanas o degradantes . La ley colombiana nos da el privilegio de pensar libremenete ya sea política, social o religiosamente, pues recibiremos protección y trato de autoridades , además ,gozaremos de los mismos derechos , libertades y oportunidades, sin discriminaciones por causas de sexo, raza, origen nacional o familiar, filosofía y tendremos reconocimiento de nuesta personalidad jurídica de una forma equitativa.

El Estado nos garantiza respeto ante nuestra intimidad personal y familiar, al buen nombre que llevamos .Se nos garantiza el derecho a la información de entidades públicas y privadas en cuanto a términos de la ley.

El Estado nos está dando el gran derecho al libre desarrollo de la personalidad , sin limitaciones que las que las que imponen el orden jurídico .Además no habran clases esclavas, ni habrá servidumbre y la trata de seres humanos en todas sus formas.Nos garantiza la libertad de conciencia donde nadie será obligado a actuar contra su conciencia, no será molestado por sus creencias. Nos garantiza la libertad de cultos , donde nosotros podemos infundir en la religión, ya seamos nosotros mismos o de forma colectiva. Se nos da el derecho de expresar y difundir los pensamientos y opiniones y la de fundar medios masivos de comunicación . Se nos garantiza el derecho a la honra donde tambien la paz será un derecho y obligatorio. Las personas tendremos el derecho de presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general y obtener una pronta respuesta.

El trabajo es un derecho y una obligación social donde somos libres de escoger nuestra profesión. También el Estado garantiza las libertades de enseñanza , aprendizaje , investigación y cátedra . Ninguna persona será reducida, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial,
competente , previamente definido en la ley.

Al que estuviere privada de su libertad y cree estarlo ilegalmente tiene derecho a invocar el habeas corpus el cual debe resolverse en términos de 36 horas. Aquel delincuente sorprendido en flagrancia podrá ser aprehendido y llevado ante el juez por cualquier persona .En estos casos tambien se prohiben las penas de destierro, prisión perpetua y confircación , donde será declarado de la extinción de sus bienes y su moral socio . Ya en casos mayores la extradición se podía solicitar, conceder de acuerdo con los tratados públicos y en defecto con la ley.Ademas la extradicion de colombiana. La extradicion no procedera por delitos publicos . No procederá la extradición cuando se trate de hechos cometidos con anterioridad a la promulgación de la presente norma.

Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse libremente. Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos y asociaciones con intervención del Estado.

Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político . Para hacer efectivo este derecho puede:

  • Elegir y ser elegido
  • Tomar parte en elecciones, referendos, consultas y otras formas de participación.
  • Constituir partidos, movimientos y agrupaciones políticos sin limitación alguna .
  • Revocar el mandato de los elegidos en los casos, en la forma que establecen la Constitución y la ley.
  • Tener iniciativa en las operaciones públicas.
  • Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y la ley.
  • Acceder el desempeño de funciones y cargos públicos salvo los colombianos por nacimiento o por adopción que tengan doble nacionalidad.
En todas las instituciones de educación, oficiales y privadas será obligatorio el estudio de la Constitución para el aprendizaje de los valores y principios democráticos .
  • Capítulo n.2
  • De los derechos sociales, económicos y culturales
  • Artículos 42-77
La familia es el núcleo fundamental de la sociedad .Se constituye por vínculos naturales o jurídico donde el hombre y la mujer tienen la libertad de contraer matrimonio . El Estado garantiza la protección integral de la familia . La honra y la dignidad de la familia son inviolables .Las relaciones familiares se basan en la igualdad de derechos de la pareja. Los hijos habidos en el matrimonio a fuera de él adoptados o procreados naturalmente o con asistencia científica tienen iguales derechos y deberes. La mujer y el hombre se les garantiza iguales derechos y oprtunidades donde el Estado apoyará a la mujer madre de familia.

Por otra parte son derechos fundamentales de los niños , la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social la alimentación equlibrada , su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y cultura, la recreación y libre expresión de opinión .Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económico, todo esto a lo que llamamos maltrato infantil. Al igual, los adolescentes tienen derecho a la protección y a la formación integral . El Estado y la sociedad garantizan la participación activa de los jóvenes en los organismos públicos y privados que tengan a cargo la protección, educación y progreso de la juventud.

En caso de personas de la tercera edad el Estado les garantiza protección y asistencia .

El Estado adelantará una política de precisión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos sensoriales y psíquicos a quienes se les prestará la atención que requieran.

La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio que se prestará bajo la direccion coordinación y control del Estado en sujeción a los principios de eficiencia universalidad solidaridad en los términos que establezca la ley. La atención de salud y el saneamiento ambiental con servicios públicos a cargo del Estado . Se garantiza a todos las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación a la salud.

El Estado garantiza que los colombianos tendremos una vivienda digna donde se harán programas de vivienda.

La Constitución nos viene a dar garantía de los bienes de uso público, parques naturales, tierras étnicas, resguardo y todos aquellos patrimonios arqueológicos de la nación . En cuanto al periodismo esta actividad gozará de protección para garantizar su independencia profesional.La televisión sera regulado por una entidad autónoma del orden nacional sujeta a un régimen legal propio . Se garantizarán la estabilidad y derechos de trabajadores de Inravisión.

  • Capítulo n.3
  • De los derechos colectivos y del ambiente
  • Artículo 78-82
El Estado como ley regulará el control de calidad, de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad , así como la información que debe administrarse al público en su comercialización . Todas las personas tendrán el derecho de un ambiente sano , la diversidad e integridades ecológicas , donde el Estado planificará el manejo y el aprovechamiento de los recursos naturales para su conservación , restauración o sustitución ; también velará por la protección de la integridad del espacio publico y por su destinación al uso común , el cual prevaleció sobre el interés particular.

  • Capítulo n.4
  • De la protección y aplicación de los derechos
  • Artículos 83-94
Cuando un derecho o una actividad hayan sido reglamentados de manera general , las autoridades públicas , no podrán establecer, ni exigir permisos , licencias y requisitos adicionales para su ejercicio.Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces , en todo momento y lugar , su protección inmediata de los derechos constitucionales fundamentales , donde tambien toda persona podrá acudir ante la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o un acto administrativo.El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables , causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas.Cualquier persona natural o jurídico podrá solicitar de la autoridad competente la aplicación de las sanciones penales o disciplinarias de la conducta de las autoridades públicas.

  • Capítulo n.5
  • De los deberes y obligaciones
  • Artículo 95
Toda persona está obligada a cumplir la constitución y las leyes . Son deberes de la persona y del ciudadano:
  • Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.
  • Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas.
  • Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legislativamente constituidas para mantener la independencia a la integridad nacional.
  • Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica.
  • Participar en la vida política , cívica y comunitaria del país.
  • Propender al logro y mantenimiento de la paz.
  • Elaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia .
  • Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano.
  • Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.